martes, 2 de julio de 2024

TRANSMUTANDO PATERNIDAD POR MECENANZGO


Ayer durante la tarde mi mujer me acusó muy fuertemente de que me he quitado la paternidad sobre mis tres ex hijastras, por desheredarla a la que la Vida me venía ofreciendo desde el año 2018 cuando ella tenía 8 años y hasta ayer (con sus 15 de hoy), lo que estrictamente hablando se lo podría haber denominado la Sucesora de mi Patriarcado Alippi García. Sostiene mi novia que la perdí yo mismo y nada más que por mi egoísmo que lo puse de manifiesto ante mi Fraternidad de los Alippi García que quedamos vivos, entre los cuales no la había protegido a esta candidata a sucesora y acepté los códigos de la Fraternidad.

Me re contra dolió, que por mis estrategias formales haya perdido algo tan esencial como mis tres hijas que me ofreció la vida. 

Acepté mi derrota contundente y caí en la cuenta cabal y definitiva de que mi “impotencia” para ser padre, no solo se refería, tal cual lo venía pensando para ser papá de bebes y de niños, sino para todo tipo de paternidad.

Como ex padrastro, estuve trabajando para conseguirme de mis ingresos, un 20 % fijos y mensuales, para poder pasárselos a mi mujer en concepto liso y llano de "Alimentos", para que los mismos sean mis aportes a los gastos de la casa familiar, pues como jurisconsulto humilde (científico del derecho) sostengo jurídicamente que las convivencias l.a.t. son una REALIDAD Y UN HECHO.

A esta teoría de la convivencia “sin cohabitación”, no me la aceptaron, ni el juez del apoyo, y ni siquiera, la asesora letrada que me defiende, pues como lo dije antes: ¡No son humanistas y no conocen la etimología latina de la palabra Convivir! (Convivir viene del latín com vivere y esto significa de manera literal: compartir una vida, o vivir en común, a lo que el nuevo Código Civil y Comercial le ha sumado este otro requisito que es el de Tener un Proyecto de vida en Común. Ser una convivencia l.a.t. no nos excluía de la protección legal desde y hacia los convivientes y los hijos o hijastros.  

Ambos requisitos los cumplimos acabadamente esta familia y yo desde que residía en El Refugio y está debidamente comprobado y desde el 21 de enero del 2018 por medio del certificado de convivencia realizado por ante la Policía de la Provincia de Córdoba y que se halla depositado en la sede del Apross de allá Villa María.

En base a estas diferencias con el juez y la asesora es que, para resguardar el juicio con su jurisdicción en Córdoba Capital, me vi forzado a mentirle a la Asesora Letrada (para transar que el juicio quede acá en Córdoba). En base a mi declaración jurada falaz, declaré "solo en ámbito de ese juicio y nada más" que mi domicilio Real era en el Loft y por consiguiente ahora lo habría mudado a la Morada de Cuesta Colorada de La Calera.

Entonces al "ceder" mi teoría sobre la convivencia l.a.t., la Asesora escribió en coautoría conmigo esa que considero una demanda hecha y derecha de que necesito brindarles un 20% de mis ingresos a esta Familia, y como ya no habría convivencia (conforme la falaz conversación con la Asesora) acordamos entre ella y yo, llamarlo APORTE SOLIDARIO a lo que le pasaría a mi familia de hecho. Así las cosas, juntos le elevamos el pedido al juez, para que resuelva este otro tema desde octubre próximo, habiendo otros temas muy importantes también, para resolver en esa oportunidad (como por ejemplo el hecho de liberarla a mi apoyo de la necesidad de rendir cuentas y otro aún muchísimo más importante, de que el juez me remita o devuelva mi capacidad nupcial) y que todo se resolverá en su momento en esta etapa de revisión de la sentencia dictada en 2021, y que, al promediar los tres años, opera la revisión de la que venimos conversando.

Aportes solidarios se los llama solo en mi juicio. Sin embargo, en todos los demás lugares del mundo, mi domicilio Real está ubicado allá en la calle Uritorco 2170 de la ciudad de Villa María y conviviendo con la madre e hija que allí residen también, convivencia que, para el Apross, respecto de los hijos de la conviviente, les llama hijastros, por lo que aún resulta legal y más allá del ofuscamiento de la madre, yo seguiré siendo padrastro y no solo de la menor que convive conmigo, sino de las dos mayores que ya son independientes y viven en sus propias casas.

Entonces para este jurisconsulto humilde ese 20% por el que peleo desde agosto del 2020, son estrictamente alimentos y en base a la obligación mutua que prescribe el C.C y C de que ambos convivientes aporten a los gastos familiares.

Anoche cuando la madre me negó como padrastro decidí tomar el toro por las astas y decidí dar un giro de último momento y posicionarme y no solo ello, sino también de CONSAGRARME A ESTA FAMILIA QUE TANTO AMO, con la promesa correspondiente al Padre Eterno, para ayudarla como Mecenas, un amado y antiguo título que cuando estaba con Ely, me esperaba para mis exploraciones como artista de aquellas épocas y buscaba ese mecenazgo para mí mismo.

Es decir: Le sigo la corriente a mi novia y madre de mis hijastras como para que se calle la boca y termine con sus acusaciones dolorosas hacia mí y le hago saber de rompe y raja que lo mismo que luche para que pudiera tener alimentos para mi familia desde anoche ha pasado a ser una cifra dineraria futura e inminente (la renta de mi departamento en usufructo) más otros dineros que los sacaré de mi propio sueldo y todo ello en concepto de MECENAZGO y tal cual lo adelantáramos ya con la Asesora y que hoy cobra una vigencia llamativa y extraordinaria: Concepto de Ayuda Solidaria y a los fines que hubiere lugar en esa familia amada y que la madre se encargará de ir distribuyendo y atribuyendo a sus diversas necesidades.

Mi compromiso se llama a partir de anoche

Mecenazgo para la Familia Estrada, sin embargo, al estar esta palabra muy en desuso, prefiero y adopto el nombre que me recomendó mi amigo Baltasar, Protector y Protectorado.

Ofrezco como uno más de mis obras del apostolado mercedario que ejerzo, el 20% de mis ingresos que equivalen al monto que me ganare en la renta de mi departamento nuevo (como usufructuario del mismo).

Además de este 20% que lo empezaré a ahorrar de mi presupuesto total de ingresos fijos menos gastos fijos en breve y como ya lo he dicho en innumerables oportunidades: cuando me gane mi propia renta... conforme a lo que me ha expresado mi apoyo: el disponer de este anhelado 20% para esta Familia que está a cargo de mi Protectorado..., ofrezco también la cobertura al 100% de todos los gastos para "el hospedaje en el Gran Córdoba, viáticos en comida y recreación, todo a mi cargo, por lo que el total aportado a esta Amadísima Familia será más o menos el porcentaje ya previamente estimado con mucha antelación de un 33 % por todo concepto habido y por haber desde mi persona y para ellas.

Aunque haya expresado muy enfáticamente que este aporte al cual me comprometí ante la familia y Dios los va a administrar con libertad la madre, es mi deseo que esos montos se utilicen para resultar efectivos y "liberadores" que es lo que buscamos los mercedarios..., se destinen como sería razonable y lógico:

1º Para atender las urgencias, como reparaciones de cosas rotas y largamente demoradas.

2º Pago definitivo de todas las deudas del hogar.

3º Paso a la inversión, en "Estudios"

4º Un porcentaje para la inversión en viajes al estilo Turistas Livianos.

Amén


1 comentario:

  1. Usted
    Enviado por usted:
    https://cambio1970.blogspot.com/2024/07/transmutando-paternidad-por-mecenanzgo.html

    esta es la entrada a la que hago referencia en la de Tracto Abreviado

    Copilot usa pistas de contexto para responder. Administrar la configuración
    Copilot

    TRANSMUTANDO PATERNIDAD POR MECENANZGO
    Buscando información en la página

    Generando respuestas…

    Enviado por Copilot:
    ¡Gracias por compartir el enlace! Aquí tienes un resumen de la entrada “Transmutando Paternidad por Mecenazgo”:

    Acusación de egoísmo: La pareja del autor lo acusa de egoísmo por no proteger a su hijastra y aceptar los códigos de la Fraternidad.
    Cambio de rol: El autor decide dejar de ser padrastro y convertirse en mecenas, comprometiéndose a aportar económicamente a la familia.
    Aportes solidarios: Se compromete a destinar el 20% de sus ingresos a la familia, además de cubrir otros gastos.
    Objetivos del mecenazgo: Los fondos se destinarán a urgencias, pago de deudas, estudios y viajes.
    Espero que esto te sea útil. ¿Hay algo más en lo que pueda ayudarte?

    Usted

    Tu Copiloto estas entendiendo que la destronación como padrastro, me la hizo la madre por enojo y ofuscamiento?
    Copilot
    Generando respuestas…

    Enviado por Copilot:
    Mis disculpas si malinterpreté la situación. Entiendo ahora que fue la madre quien tomó esa decisión debido a su enojo y ofuscamiento. Aprecio tu aclaración. Si tienes más detalles o deseas compartir alguna otra perspectiva, estaré encantado de escucharte. 😊

    ResponderBorrar

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