domingo, 13 de octubre de 2024

LA MANERA CORRECTA COMO QUEDÓ MI DEMANDA PARA LA REVISIÓN DEL APOYO


                                          9 de octubre de 2024

 

Señora Ayudante de la Sra. Asesora Letrada

Dra. Vanina Andrea Odicino Chuchan

S___________________//__________________D

 

                                                         El que suscribe, Leandro Javier Alippi comparece para que por intermedio de la Sra. Asesora Letrada pidamos a V.S.:

1)      Que reitero mi pedido de que mi hermana apoyo sea eximida totalmente de su obligación de rendir cuentas, tanto las pasadas como la presente y las futuras.

2)      Que Rectifica que su domicilio real este radicado en Córdoba o el Gran Córdoba, como son los domicilios declarados anteriormente por medio de escrito en coautoría con la Sra. Asesora, cito en calle Dr. Eliseo Canton, 2527 dto 2° A, de Barrio Marechal, como el que habito circunstancialmente ahora cito en calle Anemonas s/n esq. Av. Las Acacias de B° Cuesta Colorada de La Calera.

3)      En efecto ratifico lo dicho en oportunidades previas de que mi domicilio real es el de la calle Uritorco 2170 de B° Industrial de la localidad de Villa María, que por otra parte es nuestro domicilio familiar que habito con mi mujer, la profesora de Yoga Analía Verónica Estrada y su pequeña hija Isabella Francesca Zappa Estrada, de 15 años, mi hijastra.

4)      Que, me he visto obligado a mentir en reiteradas oportunidades sobre mi domicilio real en base a que estaba intentando proteger un bien menor que es la tranquilidad de mis hermanas ante su pánico que el presente juicio mude su jurisdicción a Villa María, y que les produce a mis hermanas que se estan postulando como Co-apoyos, María Lucía Alippi y María Alejandra Alippi.

5)      Que el bien que protejo con este escrito resulta muchísimo más trascendente, prioritario, que es lisa y llanamente defender la familia conviviente y “semipresencial”, como así también de nómades que somos desde el 21 de enero de 2018 con la Sra. Analía Estrada y sus hijas, de las que Isabella es la única menor que cohabita con su mamá y a veces conmigo, puesto que sus otras dos hijas Rocio y Martina son mayores y se han independizado.

6)      Que reitero enfáticamente que todos los otros domicilios que he venido alquilando desde que empezamos nuestra convivencia: I) El Refugio de Unquillo, II) El departamento de la calle Mexico 61 de Villa María, III) el Loft de la calle Eliseo Canton 2527, IV) este que estoy habitando ahora, cito en calle Anemonas s/n de La Calera y V) el que denuncio ahora como otro domicilio legal que lo habitaré desde diciembre próximo, cito en calle Enfermera Clermont 377, Torres Altos de Clermont, dto 3° G. Todos estos domicilios han sido meros domicilios legales a los fines que a continuación intentaré describir una vez más

7)      Sostengo que el Sr. Juez no debiera apartarse y continuar ejerciendo su jurisdicción en este juicio por cuanto somos una familia conformada por una persona con discapacidad que soy yo, y además por una gran vulnerabilidad familiar de diversas índoles, y como se nos llama en los países más evolucionados del mundo a nosotros los discapacitados, terminamos convirtiéndonos en personas con diversidad funcional. Esto viene a significar una serie de cuestiones de mi familia también con diversidad funcional:

 

A)      Las profesiones de Analía y mías son del tipo llamadas Apostolares, por cuanto hemos ido aprendiendo a ganarnos la vida, ella como profesora de yoga allá en su propia escuela de Villa María que se llama Ashram Yoga y Terapias Holísticas, que está enclavada en la Av. Peron 1133 de allá, en una vivienda que perteneció a sus abuelos y que hoy es herencia de su madre.

Por mi parte soy primero que nada un Monje Mercedario Laico que lo ejerzo como voluntario, o a voluntad, con mis profesiones de Abogado Social y retirado, experto en grupos vulnerables, como por otra parte con mi segunda profesión de Coach, en mi calidad de idóneo y altamente capacitado, tanto autodidacta como académicamente, en donde cursé y aprobé las diez materias de un posgrado universitario en coaching de la que aún me falta aprobar la tesis. 

B)      Que, en base a estas dos profesiones de mi conviviente y yo, no tiene mi familia un solo Centro de Vida, sino dos, uno allá en Villa María que resulta ser el principal dado que al estar enclavada nuestra familia resulta obvio que nuestras vivencias familiares son las más relevantes y substantivas de nuestra vida.

C)     Ambos somos personas que oficialmente (o sea canónicamente hablando) somos propiamente monjes laicos mercedarios adheridos por ritual formal que nos hiciera el sacerdote mercedario Carlos María Diez, y pertenecemos a la Orden de la Merced más antigua a la que se la llama la Orden de Mercedarios Mayores, por cuanto por este hecho somos comunitarios y nuestras comunidades son las siguientes: a) La primera y principal Comunidad es Nuestra Familia Alippi Estrada, b) la segunda Comunidad para la Sra. Estrada es su propia Comunidad Afectiva Estrada de la ciudad de Villa María donde se halla su familia amplia y su Escuela. c) Para mí la segunda Comunidad es lo que le llamo La Fraternidad Alippi García, conformada por los hermanos de sangre y algunos putativos y que se halla en Córdoba o el Gran Córdoba. d) la tercera es mi Comunidad Afectiva Alippi García, conformada por el conjunto de seres queridos allegados, clientes, proveedores, y principalmente una importante Red de Contención a la que le llamo mi Red de Oro y que le ayuda a mi familia en esa tarea.

D)     Concomitantemente a los Mercedarios Mayores, nos irradia también el Carisma de una antigua reforma a la Orden que son los Mercedarios Descalzos, también llamados Menores y que son todos ermitaños, contemplativos y místicos y de esto también tenemos los dos con Analía e incluso, además lo tiene nuestra pequeña Isabella. Lo de ser ermitaños implica gran parte de nuestro tiempo, yo muchísimo más que ellas. Es por ello por lo que he venido alquilando estas diferentes ermitas, que las he declarado mis domicilios legales a los fines jurisdiccionales, administrativos y de expansión espiritual y profesional. Pero insisto lo que he intentado ilustrar muchas veces al Juzgado: por más que viva más tiempo en mis domicilios legales que en el real y familiar, esto no es determinante del principal centro de actividades que es lo definitorio conforme el C.C. y C. para resolver el domicilio real. La realidad es que somos una familia nómade, que tiene dos centros de vida, allá y acá, siendo el principal donde se halla nuestra familia y donde exploramos, experimentamos y vivenciamos nuestra mayor plenitud, lo cual es estando y cohabitando en familia.

Intentaré expresar esta especie de paradoja con dos ejemplos:

Al ser la Orden de La Merced una de las pocas Órdenes Religiosas Militares presento dos analogías que pueden resultar sumamente potentes para la comprensión de esta Familia con Diversidad Funcional:

a)   Los Militares, principalmente los adheridos al servicio internacional, se hallan la mayor parte de sus tiempos en misión y lejos de su familia radicada en el Pais y hasta suele haber programas interdisciplinarios oficiales destinados a la contención de esas familias de militares en el extranjero. ¡Para muestra basta un botón!

b)   Un hombre de familia que vive en Villa María con su conviviente y sus hijas por problemas familiares graves, y por su eximia destreza como campamentero de toda una vida más una riquísima vida interior debidamente cultivada por años, se va en carpa al lado del Río San Antonio en la Localidad de Cuesta Blanca (pasa a ser conocido y llamado por los visitantes = “el ermitaño”) ¿Dónde tiene su domicilio Real?

Los problemas familiares graves en nuestra familia fueron infidelidades y deslealtades reiteradas y en calidad de reincidentes de mi parte hacia mi mujer y es por ello por lo que debí padecer el “castigo familiar” pero esto no nos convierte en NO CONVIVIENTES.

 

E)      Nuestra mejor diversidad funcional como familia es que nos hemos sabido construir nuestro propio sistema de funcionamiento diverso, conformando dos centros de vida, el de Villa María y el de Córdoba e incluso Gran Cordoba, en donde tenemos la Red de Contención mayor con mi Fraternidad, Nuestros Profesionales tratantes y obviamente este juicio, el Sr. Juez y los demás funcionarios judiciales.

 

8)      En base a todo lo expresado y en cuanto estoy defendiendo nuestra auténtica convivencia demostrada con el Certificado de Convivencia Policial que se encuentra depositado en la Sede del Apross de Villa María, es que como una consecuencia lógica pretendo también defender el monto que anteriormente pidiéramos con la Sra. Asesora Letrada como mera Asistencia Solidaria a la Sra. Estrada y de una vez por todas llamemos las cosas por su nombre técnico jurídico como Alimentos a los que estoy obligado por ley para colaborar con los gastos familiares que los pido en un 20% de mi jubilación y para nada el resultado de si logro ahorrar  o no, como lo pretenden malamente mis hermanas. Este 20% en concepto de alimentos resulta crucial que se los tome S.S. como suma prioritaria en todos mis presupuestos mensuales, del tipo de un alquiler, impuestos, o servicios básicos y que los mismos sean administrados por la Sra. Estrada, conforme el presupuesto modelo que presento junto con la presente.

9)      Como corolario de todo lo expresado anteriormente requiero enfáticamente que se me remita mi capacidad nupcial puesto que cercenármela va totalmente en contra del principio legal de la figura del Apoyo de que la regla es la capacidad civil y comercial y las excepciones son las limitaciones taxativas establecidas en la Sentencia. Cercenárseme de esta capacidad es prohibirme ejercer un derecho personalísimo y humano sobre el cual, V.S. no tiene ninguna injerencia.

Petitum:

1)   Ofrezco que el Juzgado libre oficio a la Sede de Apross de Villa María para recuperar el Certificado de Convivencia depositado allí.

2)   Ofrezco como prueba documental:

DNI de Analía y mío. Licencia de Conducir. Tarjeta Verde de mi vehículo.

3)   Ofrezco como prueba indiciaria Todos mis Blog que son Bitácoras personales, familiares, fraternas y comunitarias.

4)   Ofrezco como prueba indiciaria artículos de mi Marketing Profesional online.

5)   Ofrezco como prueba indiciaria diálogos virtuales desde que fuimos incorporados canónicamente a la Orden de la Merced, como auténticos Monjes Laicos

6)   Ofrezco como prueba indiciaria los sitios web de la Orden de Mercedarios (Los Mayores) y su Reforma, los Mercedarios Descalzos (o Menores

7)   Ofrezco como prueba indiciaria los diálogos por Chat con el Padre Mercedario Carlos María Diez sobre nuestra integración de Analía y yo a la Orden.

Sin nada más que agregar y esperando pronta y definitiva justicia, saluda atentamente.

 

Dr. Leandro Javier Alippi (García)

Abogado y Coach Humanista 

La que sigue es le entrada donde había escrito mi original demanda hasta que mi mujer me advirtió que no solo mi hermana está pasando por un momento delicado a nivel estrés, sino que yo también me hallo en una especie de trance místico un tanto imperceptible para mí mismo y originariamente la había escrito a mi demanda de la manera como esta en el siguiente vínculo, y me di cuenta con la ayuda de Analía que si la presentaba de ese modo iba a Traicionarlas a mis hermanas mayores, Lucía y Alejandra, no les iba a permitir cumplir esta parte esencial y trascendente de sus vidas, siendo mis coapoyos y les iba a cercenar el derecho natural y divino de proteger a este hermanito menor, más allá que iba a ser por otra parte un acto cobarde pedir que se las relevara del cargo para pedirle al Juez que me ponga un Apoyo que sea un funcionario público. 

DEMANDA DE REVISIÓN DE LA SENTENCIA DE APOYO JUDICIAL

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